Preguntas frecuentes

24 de Noviembre de 2024 - Buenos Aires - Argentina

Invertir a través de un fideicomiso, es la forma más segura y económica para alcanzar su propiedad /// Pague sus cuotas en pesos ajustadas por el índice de la CAC y venda en dólares /// Solicite su visita, un profesional atenderá todas tus consultas

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01 | ¿QUÉ ES UN FIDEICOMISO?

Un fideicomiso es un contrato, en virtud del cual, una o más personas (fiduciante/s) transmiten bienes, cantidades de dinero o derechos, presentes o futuros de su propiedad, a otra persona (fiduciaria, que puede ser una persona física o jurídica). Ésta administra o invierte dichos bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado beneficiario, y transmite su propiedad, al cumplimiento de un plazo o condición, para el beneficiario u otra persona.


02 | CLASES DE FIDEICOMISO

Existes diferentes figuras de fideicomiso como ser: De administración, de garantías, financiero, traslativo de propiedad, testamento, etc.


     • Inmobiliario. Es un contrato celebrado por escritura pública, por el cual una persona (fiduciante), transmite la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otro (fiduciario), quien estará obligado a ejercerla en beneficio de quien se designe beneficiario, y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, beneficiario.


03| ¿CUÁNDO NACE UN FIDECICOMISO?

Una vez que se consiguen el 100% de los interesados en las unidades a construir, se suscriben el contrato en carácter de fiduciantes y de beneficiarios.


04 | ¿QUIÉNES LO INTEGRAN?

Fiduciante/s: Son los que integran el fideicomiso – Los inversores.

Fiduciario/a: Es quien recibe el dominio de los fondos, para comprar el inmueble e inscribirlo por un plazo determinado, respetando las condiciones dispuestas en dicho contrato y llevar adelante el emprendimiento según las pautas dispuestas en el anteproyecto. 

Algunas de sus funciones son: La administración, la contratación del proyecto de arquitectura, la desarrolladora, el escribano, constituir asambleas, etc.

Beneficiario: Es aquel en cuyo favor se ejerce la administración de los bienes fideicomitidos.


05| ¿QUÉ VENTAJAS TIENE UN FIDECOMISO?

     • Es una vinculación contractual entre las partes. No hay vinculación societaria.

     • Se reduce significativamente el riesgo del Fiduciante/s inversor ante cambios potenciales y grado de incumplimiento de lo proyectado.

     • Los bienes fideicomitidos están absolutamente separados del patrimonio del fiduciario/a y de los fiduciante/s constituyendo por lo tanto, un patrimonio autónomo.

     • El patrimonio del fideicomiso solo responde por las deudas generadas en el propio negocio y no es atacable por acreedores particulares de las partes. Art 1.685 CCC.


06| ¿QUÉ SUCEDE SI EL DESARROLLADOR QUIEBRA?

Si el desarrollador quiebra, el Fiduciario/a lo remplazara por otro. El patrimonio constituído en garantía es inembargable. Está aislado y protegido ya que los bienes fideicomitidos (todo lo que forma parte del proyecto inmobiliario) constituyen un patrimonio separado del patrimonio personal de los fiduciante/s y del fiduciario/a


07| ¿POR QUÉ ELEGIR UN FIDEICOMISO CON COSTO DETERMINADO?

El riesgo de un desarrollo inmobiliario a través de un fideicomiso al costo, es que los costos se disparen y el Fiduciante/s - inversor termine pagando por la unidad, un precio superior a su valor de mercado. Este riesgo se mitiga cuando el emprendimiento es a un costo determinado, ya que gracias a que el desarrollador conviene con sus proveedores condiciones cerradas de costos. Luego traslada esas condiciones beneficiosas al Fiduciante/s - inversor. En el fideicomiso a costo determinado, el Fiduciante/s - inversor conoce de esta manera previamente el costo de la unidad que adquiere, con la salvedad de que las cuotas se ajustan de acuerdo al índice de la C.A.C.


08| ¿QUIÉN REGULA EL FUNCIONAMIENTO?

     • Libro III, Titulo IV, Capitulo 30, Ley 26.994 - CCC.

     • Art 34 al 51, Ley 24.441.

     • Seguro obligatorio. Art 2071 CCC. 

     • El contrato de adhesión al fideicomiso.


09| ¿QUÉ ESTOY COMPRANDO CUANDO ME ADHIERO AL FIDEICOMISO?

Al firmar el contrato de adhesión, estoy adquiriendo el derecho a la/s unidad/des, en las cantidades, condiciones y especificaciones técnicas establecidas previamente.


10 | ¿CÓMO SOLICITAR UNA VISITA?

Se debe comunicar con BUEPROP a los teléfonos habilitados o escribir un e-mail.

Un corredor inmobiliario le asignará una visita personalizada de 30 minutos de duración a una unidad modelo de la obra u otra similar del desarrollador, donde (Arquitecto, etc.) le permitirá comprender y apreciar la propiedad como la evalúan los profesionales. Es recomendable asistir con la persona que lo ayudará a tomar la decisión de la compra.


11| ¿QUÉ SON LAS ESPCIFICACIONES TÉCNICAS?

Las especificaciones técnicas son definidas por los profesionales contratados y ejecutadas por el desarrollador. Son las expresiones de las dimensiones de los espacios, materiales y calidades a utilizarse en el desarrollo inmobiliario.

El término “o similar”, responde a los cambios que se pueden producir cuando lo especificado, no se encuentra en el mercado debiendo ser reemplazando por otro de igual o superior condición.

El desarrollador puede introducir modificaciones siempre que no se alteren las cantidades, terminación, el destino y características de unidades vendidas previo acuerdo con los fiduciante/s.


12| ¿PUEDO VENDER MI PARTICIPACION EN EL FIDEICOMISO?

Sí. Los derechos fiduciarios pueden cederse a un tercero que ocupará el lugar en el fideicomiso, asumiendo los derechos y obligaciones. La cesión de derechos debe ser aceptado por el fiduciario/a quien evaluará la solvencia financiera y antecedente personales del nuevo adherente. La cesión tiene un costo del 0.5% del precio de venta la cual debe ser abonada al Fiduciario/a en concepto de gasto administrativo.


13| ¿DÓNDE SE REALIZAN LOS PAGOS?

Los pagos se realizan únicamente través de transferencia bancaria establecida en el contrato de adhesión al fideicomiso de la cuenta fiduciaria.


14| ¿QUÉ PASA SI ME ATRASO EN UN PAGO?

La mora se producirá en forma automática al solo vencimiento, sin necesidad de interpelación. Se debe contactar a la Fiduciario/a para regularizar tu situación URGENTE.


15 | ¿SI NO PAGO EN TÉRMINO, CUANDO PRESCRIBE MI OBLIGACIÓN?

A los tres (3) años contados desde la fecha del vencimiento de cada cuota de capital o interés.


16| ¿CUANDO FINALIZA EL FIDEICOMISO?

     • Por cumplimiento del plazo y sus prorrogas previstas.

     • Por cumplimiento del objeto si ocurriera antes del plazo Art 1697 CCC.

     • Por imposibilidad sobreviniente que impida el cumplimiento del objeto del contrato.


En tal caso el Fiduciario/a, establecerá las pautas para distribuir el patrimonio fideicomitido.


17 | ¿CUANDO “PAGO” LOS HONORARIOS A BUEPROP?

El corredor habilitado por BUEPROP cobra honorarios por su gestión comercial a:


     • Al beneficiario  4%


Finalizado el acto de ADHESIÓN AL FIDEICOMISO, se considera que su labor ha sido exitosa. En ese momento se abonan los honorarios.



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