Cancelaciones

24 de Noviembre de 2024 - Buenos Aires - Argentina

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01 | CANCELACIÓN ANTICIPADA DE LA RESERVA

Su solución depende de la antelación con que informes tu cancelación:


         • Cancelación anticipada con más de 30 días de la realización del Check-in.

            Un corredor inmobiliario de BUEPROP reintegrara el 100% del importe del "Pago" recibido menos los gastos administrativos y el costo de reenvío.

         • Cancelación anticipada con menos de 30 días de la realización del Check-in.

            Un corredor inmobiliario de BUEPROP, NO puede reintegrarte el importe del "Pago" recibido.


Estos importes se utilizaran para compensar gastos, costos operativos y alquileres caídos al propietario.


Una vez realizado el Check-in, en el contrato encontraras más clausulas por las cuales el contrato puede cancelarse. 

Ante situaciones imprevisibles u otros múltiples causales, comunícate URGENTE con BUEPROP, así tendremos mejores posibilidades en brindarte una solución.


02 | CAUSALES DE CANCELACIÓN DE CONTRATO

Son causales de cancelación del contrato cuando una de las partes, NO cumpla con las siguientes condiciones. 


• El propietario NO cumpla con:


         • Las prestaciones de servicios

         • Mantenimientos del departamento


• El huésped NO cumpla con:


        • Respetar los horarios de silencio 

        • NO realizar actos obscenos

        • La NO sub locación

        • El “Pago” del saldo de estadía

        • Uso correcto de la propiedad

        • Ingreso NO autorizado de mascotas

        • Respetar el reglamento de copropiedad

        • Depositar aun transitoriamente elementos peligrosos como: Drogas, materiales inflamables, contaminantes, tóxicos, etc.

        • Alojar a más huéspedes u otros NO acordados de los previamente establecidos.



03 | PENALIDAD POR CANCELACIÓN ANTICIPADA

Ante la necesidad de cancelar anticipadamente el contrato, comunícala rápidamente de forma fehaciente o por vía e-mail. 

El Art 9, inciso b de la ley 27.551 establece una penalidad de  dos (2) meses del valor del alquiler el cual se abonará al momento de desocupar la propiedad.

Asimismo si se abonaron alquileres anticipadamente, estos deben reintegrarse junto al depósito en garantía previa deducción de daños o reparaciones.



04 | FRUSTRACIÓN DE USO Y GOZE

Si por causas no imputables al Inquilino, éste se ve impedido de usar o gozar de la propiedad, o ésta no puede servir para el objeto, puede pedir la rescisión del contrato, o la cesación del “Pago” del precio por el tiempo que no pueda usar o gozar de la propiedad. Si no se viese afectada directa o indirectamente la propiedad misma, sus obligaciones continúan como antes. Art 6 Ley 27.551 


05 | CESIÓN Y SUBLOCACIÓN

La propiedad comercializada para alquiler, NO pueden ser cedida ni sub locada. Ello está especificado en todos los contratos de locación que presentará el corredor inmobiliario de BUEPROP 



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