Cancelaciones

7 de Octubre de 2025 - Buenos Aires - Argentina

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01 | CANCELACIÓN ANTICIPADA DE LA RESERVA

Su solución depende de la antelación con que informes tu cancelación:


         • Cancelación anticipada con más de 30 días de la realización del Check-in.

            Un corredor inmobiliario de BUEPROP reintegrara el 100% del importe del "Pago" recibido menos los gastos administrativos y el costo de reenvío.

         • Cancelación anticipada con menos de 30 días de la realización del Check-in.

            Un corredor inmobiliario de BUEPROP, NO puede reintegrarte el importe del "Pago" recibido.


La solicitud de cancelación deberá ser notificada a BUEPROP únicamente por e-mail.

Estos importes se utilizaran para compensar gastos, costos operativos y alquileres caídos al propietario.


Una vez realizado el Check-in, en el contrato encontraras más clausulas por las cuales el contrato puede cancelarse. 

Ante situaciones imprevisibles u otros múltiples causales, comunícate URGENTE con BUEPROP, así tendremos mejores posibilidades en brindarte una solución.


02 | CAUSALES DE CANCELACIÓN DE CONTRATO

Habrá recisión de contrato cuando una de las partes no cumpla con:


A) EL INQUILINO: Art 1219 CCCN

     a) Por cambio de destino o uso irregular en los términos del art. 1.205 CCCN

     b) Por falta de conservación de la cosa locada, o su abandono sin dejar quien haga sus veces.

     c) Por falta de pago de la prestación dineraria convenida, durante dos (2) períodos consecutivos.


B) EL PROPIETARIO: Art 1220 CCCN

     a) La obligación de conservar la cosa con aptitud para el uso y goce convenido.

     b) La garantía de evicción o la de vicios ocultos (redhibitorios)

03 | PENALIDAD POR CANCELACIÓN ANTICIPADA

El inquilino puede cancelar anticipadamente el contrato de alquiler independientemente del plazo transcurrido y deberá abonar al propietario el equivalente al diez 10 % por ciento del monto del contrato restante hasta su finalización, en concepto de indemnización. DNU 70/2023


04 | FRUSTRACIÓN DE USO Y GOZE

Si por causas no imputables al Inquilino, éste se ve impedido de usar o gozar de la propiedad, o ésta no puede servir para el objeto, puede pedir la rescisión del contrato, o la cesación del “Pago” del precio por el tiempo que no pueda usar o gozar de la propiedad. Si no se viese afectada directa o indirectamente la propiedad misma, sus obligaciones continúan como antes.


05 | CESIÓN Y SUBLOCACIÓN

La propiedad comercializada para alquiler, NO pueden ser cedida ni sub locada. Ello está especificado en todos los contratos de locación que presentará el corredor inmobiliario de BUEPROP 



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