Preguntas frecuentes

25 de Abril de 2024 - Buenos Aires - Argentina

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01 | ¿CUÁL ES EL PLAZO MÍNIMO Y MÁXIMO QUE PUEDO ALQUILAR?

Alquileres con destino a vivienda con o sin muebles. 


     • El tiempo mínimo es de 3 años y el máximo de 20 años. Art 3 Ley 27.551 / Art 1197 CCC


¡Consulte! Un corredor inmobiliario de BUEPROP facilitará tu reserva.

Recuerde solicitar con anticipación la renovación del alquiler.


02 | ¿ES SEGURO REALIZAR MI RESERVA?

Si, porque BUEPROP es una inmobiliaria habilitada legalmente y cuenta con procesos seguros para su gestión: 


     • CUCICBA. Es el organismo quien fiscaliza su actividad

     • ISO 9001. Certificado de buenas prácticas de servicios

     • RSE (Responsabilidad social empresarial) a través de IARSE, buscamos generar mejores oportunidades sociales de cara al futuro.


Luego de completar tu reserva, un corredor inmobiliario de BUEPROP te estará contactando dentro de las 24 hs hábiles siguientes.


(Ver: Condiciones Generales p 2)

03 | ¿QUÉ DEBO PAGAR PARA RESERVAR?

Para reservar, debes enviar previamente el “Pago” de:


     • Honorarios profesionales

     • Gastos Administrativos

     • Adicionales - ("Únicamente Si es cotizado”)


(Ver: Condiciones Generales p 2)


04 | ¿CUÁNDO PAGO EL ALQUILER Y LA GARANTÍA?

Al ingresar al departamento, se realiza el Check-in y se firmas el contrato de alquiler.

El alquiler y el Depósito en Garantía se pagan únicamente en EFECTIVO y al momento de tomar la posesión de la propiedad.


En el departamento NO se aceptan:


     • Tarjetas de crédito

     • Cheques de viajero o personales.


05 | ¿CUÁNDO PAGO LA GARANTÍA DE PAGO Y EL SEGURO DE INCENDIO?

Antes de ingresar al departamento, debes constituir una garantía para el pago de los alquileres mensuales. 

Existen varias opciones para ello como son las empresas de fianza, bancos, etc

También debes contratar el seguro contra incendio con la misma empresa


(Ver: Condiciones Generales p 6)

(Ver: Condiciones Generales p 22)

(Ver: Condiciones Generales p 24)

(Ver : Preguntas Frecuentes p 13)



06 | ¿EL CONTRATO DE ALQUILER DEBE SER SELLADO?

Sí. Todos los contratos de alquiler deben sellarse. 

Habitualmente el inquilino y el propietario, acuerdan el “Pago” al 50%.

El propietario debe generar una boleta para el “Pago”.


(Ver: Condiciones Generales p 11) 


¿Cómo Hacerlo?

Se genera una única boleta con el total del impuesto, equivalente al total del contrato de locación. 

Se tramita por internet ante la AGIP con CUIT y CLAVE CIUDAD. Ingrese y seleccione la opción SERVICIOS. Luego el botón SERVICIOS ASIGNADOS y continuar completando el formulario.  


Alícuota: 0.5% del valor del contrato de alquiler.

El plazo máximo para abonar el impuesto es el día (10) diez del mes siguiente, de firmado el contrato.


https://www.agip.gob.ar


07 | ¿ES NECESARIOS CERTIFICAR LA FIRMA EN LOS CONTRATOS?

No es obligatorio pero es recomendable. La certificación de firmas es una acción que permite eliminar errores como: de forma, morales, ilícitos y la mala fe. La certificación no avala el contenido del contrato, si la veracidad de quienes son los firmantes. Se formalizará a través de un escribano que BUEPROP asignará. Los costos serán soportados en partes iguales.


08 | ¿QUÉ INCLUYE EL PRECIO DEL ALQUILER?

El alquiler residencial solo incluye el canon locativo de la unidad alquilada 


09 | ¿QUÉ GASTOS DEBO PAGAR PARA ALQUILAR?

Los gastos que abonará el inquilino son los INFORMES DE DOMINIO e INHIBICIÓN.

Esto te garantiza que el propietario es quien dice ser y está habilitado legalmente para firmar el contrato. 

Lo que NO se debe abonar es el gasto de gestión del trámite. Ley 5.859 (C.A.B.A.)


10 | ¿QUÉ IMPUESTOS Y SERVICIOS DEBO PAGAR Y CUÁLES NO?

     • El inquilino debe pagar: Expensas comunes ordinarias, Agua, Electricidad, Gas, Teléfono, Cable e internet. Art. 8 Ley 27.551

        También debe entregarle las constancias de los pagos que efectuó en razón de la relación locativa. Art 1.210, CCC


     • El propietario debe pagar: Expensas comunes extraordinarias y ABL.


Ejemplo:

Expensas comunes ordinarias: Remuneración del encargado, abono por mantenimiento, ascensores, fumigación, cambio de matafuego, reparación de baños, etc

Expensas comunes extraordinarias: Despido del encargado, cambio de motor de agua, cambio de columna de agua, etc.


11 | ¿QUE ES UNA MORA?

Ante la demora en los días de “Pago” se aplicará una tasa de interés por mora. Esta tasa es una indemnización para el propietario para compensar por incumplimiento por los días de retraso del “Pago”.


(Ver: Condiciones Generales p 13)


12 | ¿QUÉ SON LAS GARANTIAS?

Existen dos tipos de garantías.


Garantía por daños. Es una suma de dinero que el inquilino le entrega al propietario para cubrí eventuales daños o roturas de la propiedad por mal uso o negligencia. Art 2 Ley 27.551


Garantía de pago. La garantía es un documento que el inquilino le entrega al propietario para resguardar el cumplimiento de los pagos del contrato. Art 13 Ley 27.551



13 | ¿QUÉ CUBRE EL SEGURO DE INCENDIO?

Es un seguro preventivo para evitar causar un daño no justificado o disminuir su magnitud o no agravarlo, si ya se produjo. La póliza se otorga a favor del propietario. Solicítala a la empresa de FIANZA o SEGURO. Art 1710, CCC


(Ver: Preguntas Frecuentes p 5)

14 | ¿CUÁNDO PUEDO INGRESAR?

Horario de atención:  

Lunes a viernes de 10.00 hs a 18.00 hs hora Argentina.

El Check-in/out puede extenderse entre 08.00 a 10.00 hs y 18.00 a 20.00 hs SIN CARGO ADICIONAL.


Adicionales:

(Ver: Condiciones Generales p 14)

(Ver: Condiciones Generales p 15)


15 | ¿CUANDO ME ENTREGAN LAS LLAVES?

Al ingresar al departamento, luego de abonar el saldo de la estadía, el depósito en garantía y firmar el contrato junto al inventario valorizado, le entregaremos las llaves del departamento. 


16 | A MI SALIDA. ¿A QUIÉN LE DEBO ENTREGAR EL DEPARTAMENTO?

El propietario recibirá las llaves y el departamento. 

Recuerda confirmar con 48 horas de anticipación el horario de Check-out.

Si el Propietario NO puede concurrir, un corredor inmobiliario de BUEPROP lo hará por él.


17 | ¿CÓMO DEBO REINTEGRAR LA PROPIEDAD?

El inquilino, al concluir el contrato, debe restituir al propietario la propiedad en el estado en que la recibió, excepto los deterioros provenientes del mero transcurso del tiempo y el uso regular.


(Ver: Condiciones Generales p 18)

18 | RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL INQUILINO

El Inquilino debe cuidar, mantener, conservar y devolver la propiedad, en el mismo estado que la recibió. No debe abandonarla.

También es responsable de cualquier deterioro causado, incluso por visitantes ocasionales y por incendio no originado en caso fortuito.


19 | ¿QUIÉN REALIZARÁ EL MANTENIMIENTO DE LA PROPIEDAD?

El propietario es el responsable del mantenimiento de la propiedad. Art. 5 Ley 27.551

El propietario debe conservar la propiedad en estado de total funcionalidad de uso, disfrute y efectuar a su cargo la reparación que exija el deterioro en su calidad o defecto.


En caso de Urgencias
, El Inquilino debe notificar al propietario su reparación. Transcurridas veinticuatro (24) horas, el Inquilino puede realizarla por si, con cargo a el propietario. 


Caso sin Urgencia
. El Inquilino debe intimar al propietario para que realice las mismas dentro de un plazo que no podrá ser inferior a diez (10) días corridos contados a partir de la recepción de la intimación, cumplido el cual podrá proceder en la forma indicada a su reparación. 


20 | ¿PUEDO VARIAR EL DESTINO DE LA PROPIEDAD?

El Inquilino, no puede cambiar el destino de la propiedad según Art 1.205, CCC aunque ello no cause perjuicio al propietario.  


(Ver: Condiciones de Cancelación p. 5)

21 | ¿LOS DEPARTAMENTOS SON CONFIABLES?

Todos los departamentos publicados en BUEPROP han sido visitados y chequeados por un representante el cual ha generado la documentación legal, técnica, fotográfica y video.

Antes de publicarse un departamento, los propietarios deben firmar toda la documentación respaldatoria y conocer en detalle, la operatoria del sistema de alquileres.


22 | ¿ES SEGURO INFORMAR MIS DATOS PERSONALES?

Sí. La ley Nacional 25.236 de Protección Integral de los Datos Personales nos obliga a resguardarlos confidencialmente y protegerlos ante el Registro Nacional de Datos Personales.

Usted puede acceder a ellos cada seis (6) meses.


23 | ¿PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO DE ALQUILER ANTICIPADAMENTE?

Sí. Cuando es muy grave el desperfecto o por la falta de mantenimiento o de servicios esenciales (Electricidad, Gas, etc), se puede pedir rescindir el contrato sin multa para el inquilino. Por el contrario, el contrato continuará si el propietario se hiciese cargo de solucionar el problema o sustituyendo el/los artefacto/s necesario/s. Art 6 Ley 27.551


(Ver: Condiciones de Cancelación p. 4)


24 | ¿DEBO PAGAR PENALIDAD SINO RENUEVO EL CONTRATO Y DESEO IRME ANTES DE LA PROPIEDAD?

NO, Siempre que notifiques fehacientemente al propietario tu intención de renovación dentro de los últimos tres (3) meses de finalización de contrato. 

Recuerda que cuentas con quince (15) días corridos para acordar las nuevas condiciones. 

Si no acuerdas, no debes pagar indemnización y puedes rescindir el contrato anticipadamente.


(Ver: Condiciones de Cancelación p 3)



BUEPROP de Arq. Sergio Esquerdo CI. Nº: 7280 (CUCICBA) - Tel: +54 911 5760 0000 - French 2354 | C1125 AAF | CABA | Argentina